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  • Una firme defensa de los derechos digitales en la era del cibercrimen

    Una firme defensa de los derechos digitales en la era del cibercrimen

    En el mundo actual, donde la era digital ha traído consigo una ola de delitos cibernéticos que cuestan al mundo 8 billones de dólares anuales, según Cybercrime Magazine, la protección de los derechos digitales se ha vuelto fundamental. Respondiendo a esta creciente demanda, un equipo de abogados altamente calificados ha fundado un bufete internacional centrado en esta nueva dimensión del derecho.

    Este bufete se especializa en derecho digital y brinda asesoramiento legal experto en áreas como la protección de la imagen, privacidad en línea, propiedad intelectual, ciberseguridad y White Collar Investigation. «La tecnología ha revolucionado la forma en que vivimos, pero también ha traído consigo desafíos legales completamente nuevos», explica una de las socias fundadoras del bufete.

    En el actual panorama digital, los ciberdelincuentes explotan la vulnerabilidad de los usuarios, amenazando sus finanzas, imagen y tiempo. Los consumidores pierden un promedio de $358 y 21 horas al año lidiando con el cibercrimen, según la CISA. Una experta en litigios cibernéticos del equipo enfatiza que «el cibercrimen también erosiona la confianza en las plataformas y servicios en línea, así como el sentido de seguridad y privacidad de las personas».

    El compromiso de este bufete con la defensa de los derechos digitales se apoya en un equipo multidisciplinario de abogados especializados. Todos los miembros del equipo poseen un profundo conocimiento de las leyes civiles y penales, y regulaciones digitales, y se mantienen actualizados sobre los avances tecnológicos y las tendencias emergentes en el mundo digital.

    «El objetivo de nuestro bufete es encontrar soluciones legales justas y sostenibles que promuevan un entorno digital seguro y respetuoso con los derechos fundamentales», indica una de las abogadas del bufete.

    Un distintivo del bufete es su enfoque internacional. Su presencia en varios países le permite brindar asesoramiento legal transfronterizo en temas relacionados con los derechos digitales. Esto brinda un soporte integral en situaciones donde la jurisdicción y las leyes nacionales pueden ser complejas y volátiles.

    El bufete cuenta con técnicos forenses y un departamento de inteligencia de reputación, liderado por dos de los principales expertos en el campo.

    Además de su experiencia legal, el bufete se destaca por su compromiso en la promoción de leyes y regulaciones a nivel internacional, destinadas a la defensa de la privacidad y la protección de datos digitales. Participa activamente en debates y actividades relacionados con la legislación y políticas de protección de la privacidad en el entorno digital, trabajando para promover un marco legal sólido y garantizar que los derechos digitales sean respetados en todo momento.

    «Colaboramos estrechamente con organizaciones y expertos en la materia para garantizar que nuestros clientes estén protegidos en el mundo digital en constante evolución», concluye una de las abogadas del bufete.

  • La creciente ponderación de los intereses hipotecarios en el coste final de las viviendas

    La creciente ponderación de los intereses hipotecarios en el coste final de las viviendas

    A lo largo de los últimos cuatro años, el precio medio que los españoles abonan por una vivienda ha experimentado un crecimiento del 12,13%, pasando de 163.980 euros en 2019 a una media de 183.870 euros en 2023. Sin embargo, este incremento en los precios de las viviendas no es el único factor que ha intensificado los costos para los compradores.

    Durante el mismo periodo, la proporción de los intereses totales a pagar al final de un préstamo hipotecario a tipo fijo del precio total ha crecido dos puntos, alcanzando un 31,49%, indica Ferran Font, un conocido experto en el sector inmobiliario.

    Este incremento se ve agudizado por el actual contexto socioeconómico, que ha dificultado el acceso a la vivienda para muchos españoles. La inflación y las constantes subidas de los tipos de interés han mermado el poder adquisitivo de muchas familias, que han constatado que un precio medio de vivienda más asequible no siempre es sinónimo de pagar menos.

    El peso del precio de la vivienda en el coste final de una hipoteca se ha reducido en los últimos años. No obstante, a un tipo de interés del 3,29% y una cuota mensual fija media de 643,40 euros en 2023, el coste final de las hipotecas a tipo fijo representa el 68,51% del precio medio, es decir, un 12% menos que en 2022 y un 2% menos que hace cuatro años.

    En 2019, la cantidad total de intereses a pagar durante un préstamo a hipotecario a tipo fijo era de 70.223,37€. Sin embargo, en la actualidad, ha crecido hasta los 84.529,73€, pasando de representar el 29,98% del precio final a el 31,49%, es decir, dos puntos más. Este aumento de los intereses va de la mano con el incremento del precio medio de la vivienda en España, que ha crecido un 12% en los últimos cuatro años.

    En cuanto al tipo variable, la dinámica es similar, aunque los resultados solo son válidos para el primer año, ya que las fluctuaciones del Euríbor pueden alterar significativamente el importe total de los intereses. En 2023, el precio de la vivienda representa un 72,45% del coste final sumando los intereses totales a pagar, que ascienden a unos 70.000 euros, casi un 40% más que hace cuatro años.

    En relación con la evolución del coste final en el tipo variable sobre el precio medio de la vivienda, se ha producido una reducción del 8% con respecto a 2022 y del 4% con respecto a 2019. Los intereses a pagar durante la hipoteca han aumentado su peso en el costo final en 4 puntos, siendo del 23,39% en 2019 y del 27,55% en 2023.

    Es crucial resaltar que el costo final de los préstamos hipotecarios ha crecido a un ritmo aún más acelerado que el precio de la vivienda debido a la subida en los tipos de interés. En el caso del tipo fijo, el crecimiento ha sido del 14,6% con respecto a 2019, mientras que en el tipo variable, el incremento ha sido de casi el 20%.

    En conclusión, los intereses hipotecarios están cobrando cada vez más relevancia en el coste final de las viviendas. Esto, combinado con la actual situación socioeconómica y la inflación, ha incrementado significativamente las barreras para el acceso a la vivienda.

  • La herencia inmobiliaria: un conflicto familiar en aumento

    La herencia inmobiliaria: un conflicto familiar en aumento

    La vivienda es una de las principales fuentes de conflicto entre familiares en el momento de repartir una herencia. En 2022, las donaciones de vivienda cayeron un 10,8%, mientras que las herencias retrocedieron un 2%, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). La carga fiscal y las diferencias en los deseos de los herederos pueden convertir una herencia inmobiliaria en un «regalo envenenado» que rompe vínculos familiares.

    1. Descenso en las donaciones y herencias de vivienda

    En 2022, el INE registró una disminución en las donaciones de vivienda del 10,8%, pasando de 25.304 a 22.549, y un retroceso del 2% en las herencias, cayendo de 201.117 a 197.021. La «gripalización» del coronavirus y la entrada en vigor de la nueva referencia catastral influyeron en este descenso de donaciones y herencias inmobiliarias.

    1. Carga fiscal de una vivienda heredada

    Abel Marín, abogado y socio del despacho Marín & Mateo Abogados, advierte que una herencia inmobiliaria puede ser un regalo envenenado. La carga fiscal es alta y no siempre se cuenta con liquidez suficiente. Los herederos deben pagar el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal, y en el caso de las donaciones, el IRPF también supone una carga tributaria importante.

    1. El usufructo como fuente de controversia

    El usufructo vitalicio de la vivienda heredada puede generar conflictos entre el cónyuge superviviente y los hijos. La imposibilidad de vender o alquilar la vivienda puede causar fricciones, aunque el usufructo es un derecho intocable. Los hijos pueden vender la nuda propiedad a un tercero, pero estas transacciones suelen realizarse por un valor inferior al de mercado y no siempre compensan los impuestos asociados a la herencia.

    1. Divergencias en la decisión de vender o conservar la vivienda

    Cuando una única propiedad se reparte entre varios herederos, puede haber discrepancias en cuanto a la venta o conservación de la vivienda. El retracto de copropietarios permite a aquellos herederos que deseen conservar la casa adquirir la parte de quienes quieran venderla, pero no siempre disponen de los fondos necesarios para hacerlo.

    La herencia inmobiliaria puede convertirse en un conflicto familiar creciente debido a las diferencias en las preferencias de los herederos y la carga fiscal asociada. La comunicación y la búsqueda de soluciones equitativas son fundamentales para evitar que la herencia se convierta en un regalo envenenado que rompa los lazos familiares.

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  • Ocupación en España alcanza una «dimensión insostenible» debido a la falta de contundencia de las autoridades

    Ocupación en España alcanza una «dimensión insostenible» debido a la falta de contundencia de las autoridades

    La ocupación ilegal de inmuebles en España ha alcanzado una «dimensión insostenible», según advierte David Viladecans Jiménez, director de Asesoría Jurídica de Tecnotramit. Viladecans señala la «falta de voluntad y contundencia» de la policía, fiscales y jueces como la causa principal de esta situación.

    Destacan que la ocupación ilegal ha aumentado en los últimos años debido a la proliferación de mafias que encuentran rentabilidad en la práctica. Viladecans afirma que la clave para abordar el problema es atacar los incentivos económicos y desarrollar unidades especializadas de la policía que investiguen las redes detrás de casos específicos de ocupación.

    Viladecans sostiene que la nueva Ley de Vivienda propuesta no resolverá el problema, ya que considera que la falta de acción no se debe a la legislación actual, sino a la inacción de las autoridades competentes. Desde abogados y juristas se recalca que la policía, la fiscalía y el poder judicial «pueden hacer más» de lo que han hecho hasta ahora para frenar este delito.

    La pasividad de las autoridades ha llevado a la aparición de empresas especializadas en desocupación. Viladecans alerta que cada vez que se paga a un ocupante ilegal, se fomenta la reincidencia y se alienta a las víctimas a tomarse la justicia por su cuenta. En este sentido, el experto insta a las autoridades a tomar medidas más contundentes y efectivas para abordar la ocupación ilegal en España.

    ¿Qué es la ocupación de viviendas en España?

    La ocupación de viviendas en España se refiere al fenómeno en el cual personas ingresan y habitan en propiedades ajenas sin el consentimiento de los propietarios. Este problema ha ido en aumento en los últimos años, y se ha vuelto especialmente preocupante debido a la proliferación de mafias y organizaciones criminales que se benefician de la ocupación ilegal de inmuebles.

    La ocupación puede tener diversas causas, como la falta de acceso a una vivienda asequible, la crisis económica o la especulación inmobiliaria. Sin embargo, también se ha convertido en un negocio lucrativo para ciertas organizaciones que extorsionan a los propietarios, exigiendo dinero a cambio de desocupar la propiedad.

    La ocupación ilegal de viviendas es un delito en España, y se pueden tomar acciones legales para desalojar a los ocupantes. Sin embargo, la falta de contundencia y acción por parte de las autoridades, como la policía, fiscales y jueces, ha llevado a un aumento en la ocupación y ha generado una situación insostenible, según expertos en el tema. Esta problemática requiere de soluciones efectivas y medidas más enérgicas por parte de las autoridades competentes para ser abordada adecuadamente.

    ¿Es posible solucionar la ocupación de viviendas?

    Sí, es posible solucionar la ocupación de viviendas, pero requiere un enfoque multifacético que involucre a diversas instituciones y actores sociales. Algunas medidas que podrían contribuir a abordar este problema incluyen:

    1. Acción contundente de las autoridades: La policía, los fiscales y los jueces deben tomar medidas más enérgicas para abordar la ocupación ilegal de viviendas. Esto incluye una respuesta más rápida y efectiva para desalojar a los ocupantes ilegales, así como la persecución y desmantelamiento de las organizaciones criminales involucradas en este delito.
    2. Políticas de vivienda y acceso a la vivienda: El gobierno debe desarrollar e implementar políticas de vivienda que garanticen el acceso a una vivienda asequible y de calidad para todos. Esto puede incluir la promoción de viviendas de protección oficial, regulaciones que limiten la especulación inmobiliaria y programas de asistencia financiera para las personas con bajos ingresos.
    3. Educación y concienciación: Es importante concienciar a la población sobre las consecuencias legales y sociales de la ocupación ilegal de viviendas y brindar información sobre las alternativas disponibles para acceder a una vivienda digna.
    4. Cooperación entre propietarios y autoridades: Los propietarios de viviendas deben colaborar con las autoridades para denunciar casos de ocupación ilegal y seguir los procedimientos legales correspondientes para recuperar sus propiedades. Además, se debe incentivar la colaboración entre propietarios, inquilinos y autoridades para prevenir y detectar casos de ocupación ilegal.
    5. Medidas preventivas: Los propietarios pueden tomar medidas preventivas para proteger sus propiedades, como instalar sistemas de seguridad, asegurar puertas y ventanas, y mantener un contacto regular con vecinos y autoridades locales.

    En resumen, solucionar la ocupación de viviendas es posible a través de un enfoque integral que aborde tanto las causas subyacentes del problema como las acciones de las autoridades y la colaboración entre propietarios, inquilinos y actores sociales.

  • La trascendental importancia de planificar sucesiones internacionales: cada año, hasta 100 millones de euros se esfuman por herencias no adjudicadas

    La trascendental importancia de planificar sucesiones internacionales: cada año, hasta 100 millones de euros se esfuman por herencias no adjudicadas

    El Reglamento Europeo 650/2012 de Sucesiones Internacionales brinda la opción de que el testador elija la legislación aplicable a su sucesión. Asimismo, el pago de impuestos requiere considerar la ubicación de los bienes y la residencia de los herederos.

    «En ocasiones, los legítimos herederos desconocen su situación, lo que les impide disfrutar de un patrimonio que, a su vez, conlleva considerables pérdidas tributarias», señala Uri Geigle, socio fundador de DAUSS Abogados.

    España presencia la pérdida anual de cerca de 100 millones de euros debido a herencias sin herederos conocidos, según estimaciones de Coutot Roehrig Iberia. Este problema afecta anualmente a miles de legítimos herederos que, por desconocimiento y especialmente en casos que involucran a ciudadanos extranjeros, pierden dinero o patrimonio que les pertenece.

    En ciertos casos, la movilidad internacional debilita los vínculos familiares. «A menudo, los legítimos herederos no tienen conciencia de su condición, lo que les impide disfrutar de un patrimonio que, además, genera elevadas pérdidas tributarias», explica Uri Geigle, socio fundador de DAUSS Abogados. Solo en España, el dinero perdido por herencias no otorgadas representa pérdidas para Hacienda de hasta 20 millones de euros.

    Concretamente, en España fallecieron aproximadamente 17.600 extranjeros en 2021, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), mientras que en ese mismo año, se registraron más de 5.200 defunciones de españoles fuera de nuestras fronteras. «Detrás de estas cifras hay personas que dejan tras de sí una herencia que debe tramitarse, lo que no siempre resulta sencillo», comenta el abogado.

    La complejidad radica en las diferencias normativas entre los países que determinan la nacionalidad y residencia del fallecido, así como en los países donde se encuentran los bienes y donde residen los herederos. «Tramitar una herencia con elementos extranjeros abre un sinfín de supuestos», recuerda Geigle.

    Planificación estratégica

    El experto de DAUSS Abogados subraya que «es crucial analizar previamente cómo gestionar nuestro patrimonio para facilitar al máximo el proceso a nuestros futuros herederos».

    En este sentido, el Reglamento Europeo 650/2012 de Sucesiones Internacionales establece por defecto como ley aplicable la del país donde reside habitualmente el fallecido. Sin embargo, permite que éste elija la de su país de origen, aunque «para que su voluntad surta efecto, debe constar en una disposición mortis causa, como un testamento», afirma Geigle.

    Antes de acudir al notario para formalizarlo, es esencial conocer todos los detalles de la ley, ya que «cada país dictamina, por ejemplo, quiénes tienen derecho a heredar o quiénes no, por lo que es imprescindible obtener un buen asesoramiento».

    En cualquier caso, Geigle recomienda «otorgar el testamento en el país donde residan efectivamente los herederos, sin buscar reducir los impuestos a pagar». Del mismo modo, en el caso de herencias de extranjeros residentes en España, el abogado sugiere evaluar la conveniencia de constituir una sociedad familiar.

    Tributación sucesoria

    Más allá de aspectos como el orden sucesorio, la distribución de la legítima o los responsables de liquidar posibles deudas pendientes, el régimen fiscal aplicable a las herencias internacionales también suscita interrogantes. «Si los herederos residen en España, tributarán por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones español, aunque parte del patrimonio heredado no esté localizado en nuestro país», informan desde DAUSS Abogados.

    Por otro lado, «tanto si el fallecido residiera en un país dentro de la UE como si residiera fuera de la UE, los herederos podrán acogerse a las bonificaciones de la comunidad autónoma en la que vivan», comenta Geigle. Asimismo, cuando el heredero no resida en España, también se tributará por el impuesto español, pero únicamente por los bienes situados dentro de nuestras fronteras.

    En resumen, la planificación de sucesiones internacionales es fundamental para evitar pérdidas económicas y garantizar que los legítimos herederos reciban el patrimonio que les corresponde. La consulta de expertos en el campo y el conocimiento de las leyes aplicables en cada situación son aspectos clave para facilitar el proceso sucesorio y asegurar una transición más ágil y eficiente de los bienes heredados.

  • Aumentan las renuncias a herencias debido a deudas y dificultades económicas

    Aumentan las renuncias a herencias debido a deudas y dificultades económicas

    Las renuncias a herencias han aumentado en España debido a las deudas y la tributación que conllevan, en un contexto de dificultades económicas. Según el Consejo General del Notariado, entre enero y octubre de 2022, se registraron 45.197 renuncias a herencias. Es posible que la cifra total del año se acerque al récord de 2021, con 55.576 renuncias.

    El abogado Abel Marín, socio del despacho Marín & Mateo Abogados, señala que los herederos suelen tardar más en tomar una decisión cuando el pasivo es más alto que el activo, y no tienen capacidad económica para afrontar las deudas que implica aceptar la herencia. Además, recuerda que en un testamento no solo hay bienes, sino también pagos pendientes de los que los herederos deben responsabilizarse.

    Las crisis sanitaria y geopolítica, como la pandemia de coronavirus y la invasión rusa de Ucrania, han afectado las finanzas de las familias. La inflación y el desempleo han llevado a un aumento en el número de herederos reacios a aceptar herencias debido a las obligaciones tributarias que conllevan.

    Tras el fallecimiento de una persona, los herederos tienen seis meses para liquidar el Impuesto de Sucesiones, que es progresivo y varía entre el 7,65% y el 34%. Sin embargo, cada Comunidad Autónoma aplica diferentes reducciones y bonificaciones, lo que puede influir en la decisión de aceptar o renunciar a la herencia.

    El impuesto de plusvalía municipal «mortis causa» sobre bienes inmuebles urbanos puede ser más gravoso que el propio impuesto de sucesiones en muchos casos. Además, según Marín, si la renuncia se realiza a favor de un tercero, el heredero que renuncia debe pagar dos impuestos: el de Sucesiones y el de Donaciones. Por ello, aconseja analizar bien cada caso con ayuda de un profesional, ya que nadie espera que una herencia suponga más gasto que beneficio.

  • La desprotección de los propietarios ante impagos en el alquiler: ¿cómo declarar estos ingresos no percibidos?

    La desprotección de los propietarios ante impagos en el alquiler: ¿cómo declarar estos ingresos no percibidos?

    A pocos días del inicio de la temporada de declaración de la renta, numerosos propietarios se encuentran en una situación de desamparo frente a la idea de declarar los ingresos por alquiler, especialmente aquellos que enfrentan casos de impago por parte de sus inquilinos. La ley establece que los propietarios están obligados a declarar estos ingresos, incluso si no los han recibido.

    Ferran Font, director de Estudios y portavoz de pisos.com, señala que «cuando se produce un impago, generalmente se abre una negociación con la esperanza de que la situación se normalice. Sin embargo, si no se inicia un proceso judicial, los propietarios deben declarar ingresos que no han recibido». La situación se ha complicado en los últimos meses debido al fenómeno de la inquiokupación, es decir, inquilinos que firman contratos de alquiler legalmente, pero dejan de pagar la renta poco tiempo después.

    El experto explica que esta práctica ya no es exclusiva de los inquilinos más vulnerables, sino que «está siendo adoptada por personas que, aunque tienen recursos económicos para pagar, prefieren no hacerlo aprovechando las debilidades del sistema».

    En cuanto a cómo declarar estos impagos, Font aclara que los ingresos por alquiler forman parte de los rendimientos del capital inmobiliario y se deben incluir en la base imponible general de la declaración de la renta, con un tipo impositivo que varía entre el 19% y el 47% según el monto total de los ingresos.

    No obstante, si el inquilino no paga el alquiler, el propietario puede considerar la deuda como «saldo dudoso» y deducirlo como un gasto necesario para la obtención de los rendimientos, siempre que estén debidamente justificados. Para ello, el propietario podrá declarar la renta como gasto solo si, tras seis meses de la primera gestión de cobro, se haya iniciado un procedimiento judicial.

    «Nos encontramos ante una situación de indefensión que aleja a los propietarios del mercado del alquiler. Cuanta más oferta se necesita, mayores son los problemas que enfrentan los propietarios, como la creciente inflación, la limitación del 2% o la mencionada inquiokupación», expone Font. El director de Estudios y portavoz de pisos.com concluye enfatizando la importancia de conservar toda la documentación que acredite la existencia de deudas y las gestiones realizadas para intentar cobrarlas.

  • Semana Santa: Guía legal sobre cofradías, nazarenos, procesiones y alquiler de balcones

    Semana Santa: Guía legal sobre cofradías, nazarenos, procesiones y alquiler de balcones

    Semana Santa es una festividad de gran tradición en España, caracterizada por la presencia de procesiones, pasos religiosos, cofradías y nazarenos en las calles. Esta es una guía para entender las implicaciones legales de algunas de las prácticas más comunes durante esta celebración.

    Regulación de cofradías y responsabilidad en accidentes

    Las cofradías y hermandades religiosas están sujetas a su propia normativa interna, la cual debe respetar los derechos y libertades establecidos en la Constitución, los acuerdos entre el Estado y la Iglesia, y la normativa diocesana. Los cofrades deben cumplir con ciertas obligaciones, como llevar la vestimenta adecuada y mantener una conducta moral ejemplar.

    Las cofradías deben tener un seguro de Responsabilidad Civil y otro para posibles accidentes de los cofrades. Si un accidente es causado por la cofradía, su seguro cubrirá los daños. En cambio, si el accidente es provocado por la falta de diligencia del cofrade, la cofradía no asumirá responsabilidad alguna.

    Responsabilidad en caso de daños a terceros

    Si una persona o sus pertenencias resultan quemadas por una vela de un cofrade, la responsabilidad recae en la cofradía si es culpa de este. Sin embargo, si la persona se ubica inadecuadamente en medio de la procesión, la cofradía no asumirá responsabilidad.

    Si un paso religioso atropella a alguien, la cofradía será responsable si fue por falta de diligencia de los cofrades. No obstante, si un tercero sufre daños debido a su propia acción o la de otro tercero, la cofradía no será responsable.

    Alquiler de balcones durante Semana Santa

    El alquiler de balcones para ver las procesiones es legal, pero es necesario diferenciar entre alquilar únicamente el balcón por unas horas y arrendar la totalidad de la vivienda. En el caso de alquilar la vivienda completa, es necesario verificar si se requiere alguna licencia turística y si se debe cumplir con la normativa de seguridad.

    Es aconsejable formalizar un contrato por escrito al alquilar el balcón, ya que los contratos verbales pueden generar dificultades en caso de conflicto. El contrato debe incluir información relevante como fechas, precio, compromiso de uso diligente, respeto a las instalaciones y mobiliario, normas de convivencia de la comunidad de vecinos, y otros detalles.

    Declaración de ganancias e IVA

    Las ganancias obtenidas por el alquiler de balcones durante Semana Santa deben incluirse en la declaración de la renta como un rendimiento del capital inmobiliario. Además, el alquiler está sujeto a IVA, ya que se trata de un uso distinto al de vivienda.

    Normativa sobre sillas en la vía pública

    Sacar sillas a la calle para ver las procesiones puede ser legal o no, dependiendo de la normativa de cada ayuntamiento. Las multas por ocupar la calzada con sillas pueden variar en función de la ciudad. En algunos lugares, como Cullera (Valencia), esta práctica es permitida debido a su tradición histórica. Según su Ordenanza de Tráfico y Movilidad Urbana, los ciudadanos pueden ocupar parte de las aceras y, en ciertos casos, la calzada, siempre y cuando no interfieran con la circulación de vehículos. Los vecinos que coloquen sus sillas en la calle tienen preferencia sobre otros peatones, siempre que no representen un riesgo para los demás al bajar de las sillas.

    En otras ciudades, como Barcelona y Madrid, las multas por ocupar la calzada con sillas pueden ser de hasta 750€ y 500€ respectivamente, ya que se considera una ocupación de la vía pública. En Sevilla, aunque existen restricciones en la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de los espacios públicos, estas no se aplican durante Semana Santa, y se establece una tasa por ocupación de la vía pública.

    En el caso de Málaga, la Autoridad Municipal puede establecer planes anuales en relación al aprovechamiento de la vía pública durante festividades o festejos tradicionales, conforme a su Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública. La ciudad de Zamora también remite a sus ordenanzas fiscales para regular el aprovechamiento de la vía pública.

    La Semana Santa es una festividad con una gran tradición en España, y es importante conocer las implicaciones legales de las prácticas más comunes durante estas fechas. Desde las normativas internas de las cofradías hasta el alquiler de balcones y la ocupación de la vía pública, es fundamental estar informado y cumplir con las regulaciones para disfrutar de esta celebración sin contratiempos ni problemas legales.

  • Inteligencia Artificial y la ley: Un tema urgente para el mundo legal

    Inteligencia Artificial y la ley: Un tema urgente para el mundo legal

    La Inteligencia Artificial (IA) generativa ha experimentado un crecimiento sin precedentes, abriendo paso a la adopción de contenido generado por IA en el ámbito empresarial. Sin embargo, un asunto crucial aún no se aborda adecuadamente: ¿quién posee los derechos de propiedad intelectual (IP) del contenido generado por IA?

    El 16 de marzo de 2023, la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos emprendió una iniciativa para investigar preocupaciones en torno a la legislación y política de derechos de autor relacionadas con la IA generativa. Esta medida surgió como respuesta directa a los avances en tecnologías de IA generativa y su creciente uso tanto por individuos como empresas. La Oficina ha recibido solicitudes del Congreso y de diversos sectores, incluidos creadores y usuarios de IA, para examinar los problemas que plantean los derechos de autor. Además, ya está procesando solicitudes de registro de obras con contenido generado por IA.

    La directora de la Oficina de Derechos de Autor de EE. UU., Shira Perlmutter, aclaró la ley actual en relación con los derechos de autor de obras de arte creadas por IA: «Si los elementos tradicionales de autoría de una obra fueron producidos por una máquina, la obra carece de autoría humana y la Oficina no la registrará». Esto significa que el arte digital, los poemas y los libros generados con herramientas como DALL-E, Stable Diffusion, Midjourney, ChatGPT o incluso el recién lanzado GPT-4 no estarán protegidos por derechos de autor si fueron creados por humanos utilizando solo una descripción de texto o un mensaje.

    Ante el actual panorama y el progreso de la IA generativa, es importante considerar el auge de esta tecnología. La madurez en la creación de imágenes, la proliferación de herramientas de escritura y el surgimiento de herramientas de video y audio están impulsando el crecimiento de la IA generativa a un ritmo acelerado. El lanzamiento de GPT-4, la adopción de API y las soluciones de código abierto LLM han contribuido a la aceleración. Gigantes tecnológicos como Microsoft y Google están incorporando características de IA generativa en sus paquetes empresariales, lo que permite a las empresas implementar flujos de trabajo creativos y producir contenido a gran escala.

    Esto podría desencadenar una explosión de contenido creativo, y no está claro si los profesionales creativos, las empresas y los creadores de contenido comprenden los aspectos legales de la Propiedad Intelectual (IP) de acuerdo con la legislación vigente en materia de derechos de autor. La falta de claridad se debe, en gran parte, a que nadie parece estar hablando de ello. Es fundamental que los abogados estén al tanto de estos asuntos y entablen conversaciones para abordar los desafíos legales que plantea el rápido avance de la IA generativa en la producción de contenido.

  • Las herencias pisan el freno: Caen un 2% en el año récord de compraventas desde 2007 por la vuelta a la normalidad postpandemia

    Las herencias pisan el freno: Caen un 2% en el año récord de compraventas desde 2007 por la vuelta a la normalidad postpandemia

    Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), las compraventas de viviendas aumentaron un 14,7% en 2022, aunque este porcentaje está lejos del 34,8% alcanzado en 2021. Sin embargo, en términos absolutos, este tipo de transacciones alcanzaron su mayor volumen en 15 años. En contraste, las herencias disminuyeron un -2% en 2022, en comparación con el aumento del 31% registrado en 2021.

    La fuerte disminución del número de compraventas (-7,3%) en los primeros meses de 2023 llevará a un aumento del stock de viviendas provenientes de herencias en el mercado.

    Abel Marín, abogado y socio del despacho Marín & Mateo Abogados, señala que «mientras que hace dos años hubo 2,8 compraventas por cada herencia, en 2022 se registraron 3,3», y recuerda que «las herencias están directamente relacionadas con la demografía». La expansión del coronavirus provocó una elevada mortalidad entre la población de mayor edad, que es rica en patrimonio inmobiliario, lo que impulsó las herencias entre 2020 y 2021.

    «Lo que sucedió se debió principalmente a la sobremortalidad por la crisis sanitaria, pero también a la concienciación sobre la necesidad de resolver muchas herencias pendientes», comenta el abogado, explicando que «el momento de tomar la decisión de aceptar y repartir una herencia varía enormemente. Se puede hacer de forma inmediata al fallecimiento o muy posteriormente».

    Durante lo peor de la pandemia, muchas personas enfermaron, pero finalmente se recuperaron. Según Marín, esto también hizo que el temor se multiplicara, «y estar encerrados en casa hizo que tuviéramos más tiempo para pensar y darnos cuenta de que había que solucionar los asuntos pendientes, entre ellos, las herencias».

    Menos herencias en la reserva

    Según el experto, hay muchas herencias pendientes que permanecen sin resolver durante años e incluso décadas. «En un año normal, las herencias que se otorgan son, en parte, por los fallecimientos recientes y en parte por las herencias en reserva (pendientes), pero en 2021 estas últimas se aceleraron porque la sociedad se sensibilizó y el miedo se propagó», comenta Marín.

    Una vez que se superó el impacto de la pandemia y se volvió a la normalidad en las cifras de mortalidad, «el sentido de urgencia para resolver herencias pendientes ha disminuido y, por otro lado, hay menos herencias pendientes, ya que muchas se firmaron en 2021», explica el abogado de Marín & Mateo Abogados.

    Suben las renuncias

    En los últimos tiempos, las renuncias a herencias han aumentado debido a las dificultades económicas causadas por la inflación. Esta es la otra cara de las herencias.

    Según los datos del Consejo General del Notariado, hasta septiembre de 2022 se registraron 40.349 renuncias a herencias. A falta de tres meses para conocer la cifra anual, este número se acerca al total alcanzado en 2021, cuando se rechazaron 55.574 herencias.

    «A veces, tener que enfrentarse a deudas o impuestos hace que aceptar una herencia no compense», revela Marín. Sin embargo, el abogado señala la alternativa de heredar a beneficio de inventario, es decir, aceptar la herencia una vez que se hayan cancelado las deudas pendientes: «Esta opción no pone en peligro el patrimonio personal de los herederos», explica Marín.