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  • Nueva Pensión para Amas de Casa en 2024: Un Reconocimiento al Trabajo No Remunerado

    Nueva Pensión para Amas de Casa en 2024: Un Reconocimiento al Trabajo No Remunerado

    En 2024, se ha introducido una nueva pensión de jubilación para amas de casa en España. Este avance reconoce el invaluable trabajo no remunerado en el hogar, garantizando una seguridad económica en su vejez.

    ¿Qué es la Pensión No Contributiva?

    La pensión no contributiva de jubilación es una prestación gestionada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y las comunidades autónomas. Está destinada a personas que no han cotizado lo suficiente a la Seguridad Social, incluyendo muchas amas de casa. Estas personas pueden recibir asistencia económica y acceso a servicios sociales y médicos.

    El objetivo es asegurar que todos los mayores de 65 años en situación de necesidad reciban una ayuda económica. Además, garantiza asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, proporcionando un apoyo integral a quienes lo necesitan.

    Aunque las labores domésticas no generan un salario ni contribuciones a la Seguridad Social, el rol de las amas de casa es vital para muchas familias. La pensión no contributiva reconoce y valora este trabajo.

    Requisitos para Acceder a la Pensión

    Para beneficiarse de la pensión no contributiva de jubilación en 2024, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos por el IMSERSO y las comunidades autónomas:

    • Edad: Tener al menos 65 años.
    • Residencia: Residir legalmente en España durante al menos diez años entre los 16 años y la fecha de solicitud de la pensión, con dos años consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
    • Ingresos: No superar ingresos de 7.250,60 euros anuales en 2024.
    • Unidad económica de convivencia: Si viven con familiares, los ingresos del hogar deben estar por debajo de ciertos límites según el número de convivientes y sus relaciones familiares.

    Estos requisitos aseguran que quienes realmente necesitan esta ayuda económica puedan acceder a ella, proporcionando una red de seguridad para las amas de casa que han dedicado su vida al hogar sin cotizar a la Seguridad Social.

    ¿Cuánto se Cobra en 2024?

    La cuantía de la pensión no contributiva de jubilación para amas de casa en 2024 se basa en los ingresos personales y de los miembros de su unidad económica de convivencia. La pensión se paga en 14 pagas anuales, incluyendo dos pagas extraordinarias en junio y noviembre.

    En 2024, la cuantía máxima es de 7.250,60 euros anuales, equivalente a 517,90 euros mensuales. Esto asegura que los mayores de 65 años que no han cotizado lo suficiente puedan vivir con dignidad.

    El monto de la pensión puede variar si hay otros beneficiarios en la misma unidad económica de convivencia. La cuantía mínima es de 1.812,65 euros anuales, que corresponde a 129,48 euros al mes.

    Esta pensión representa un apoyo significativo para las amas de casa, quienes a menudo no han tenido la oportunidad de cotizar. Además de la ayuda económica, tienen derecho a asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, mejorando su calidad de vida.

    Tabla de Pensiones 2024

    Clase de PensiónCon Cónyuge a CargoSin Cónyuge: Unidad Económica UnipersonalSin Cónyuge a Cargo
    Jubilación (65 años)14.466,2011.552,8010.966,20
    Jubilación (<65 años)14.466,2010.808,0010.215,80
    Jubilación (65 años procedente de gran invalidez)21.698,6017.329,2016.448,60
    Pensión No Contributiva1.812,65 (Existe otro beneficiario de la misma pensión en la misma unidad económica de convivencia)7.250,60N/A

    Consejos para Amas de Casa y Eficiencia Energética

    Además de recibir la pensión no contributiva, es importante que las amas de casa conozcan estrategias para mejorar la eficiencia energética en el hogar. Estas prácticas no solo reducen el consumo de energía, sino que también disminuyen las facturas de luz, beneficiando a quienes viven con ingresos limitados.

    1. Optar por electrodomésticos eficientes: Comprar electrodomésticos con etiqueta energética de clase A o superior, que consumen menos energía.
    2. Uso responsable de la iluminación: Aprovechar la luz natural y usar bombillas LED, más eficientes y duraderas.
    3. Controlar la temperatura del hogar: Mantener una temperatura adecuada, usando termostatos programables para optimizar la calefacción y el aire acondicionado.
    4. Aislamiento térmico: Mejorar el aislamiento de ventanas y puertas para mantener la temperatura del hogar.
    5. Utilizar tarifas de luz adecuadas: Informarse sobre las diferentes tarifas de luz y elegir la más adecuada. Considerar el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor).
    6. Aprovechar el bono social: Solicitar el bono social de electricidad, que ofrece descuentos en la factura de luz para personas en situación de vulnerabilidad económica.

    Implementar estos consejos puede resultar en un ahorro significativo en el consumo energético del hogar, permitiendo a las amas de casa gestionar mejor sus finanzas y contribuir a un entorno más sostenible.

    La combinación de una pensión no contributiva y prácticas de eficiencia energética proporciona a las amas de casa una mayor estabilidad económica y calidad de vida, reconociendo así su valiosa contribución a la sociedad.

  • Límites legales para celebrar el triunfo en la Eurocopa de Fútbol

    Límites legales para celebrar el triunfo en la Eurocopa de Fútbol

    Molestar a los vecinos durante las celebraciones de los goles podría acarrear sanciones de hasta 3.000 euros según la normativa de ruidos.

    La selección española de fútbol disputará este domingo a las 21:00 horas en Alemania la final de la Eurocopa. Este evento, en caso de victoria, desatará celebraciones tanto en espacios públicos como privados. Sin embargo, ¿existen normativas que regulen estas celebraciones y sus excesos? Es fundamental conocer dónde se sitúa la línea entre el derecho a celebrar y el derecho a no ser molestado.

    Celebraciones en el Interior del Domicilio o en Zonas Comunes de la Comunidad de Vecinos

    Legálitas explica que, según el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, está prohibido realizar actividades que contravengan las disposiciones sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Además, el artículo 9.1 establece la obligación de respetar las instalaciones generales de la comunidad y los elementos comunes, evitando causar daños o desperfectos.

    Si un propietario o inquilino realiza actividades molestas, el presidente de la comunidad puede advertirle para que cese, y si la conducta persiste, llamar a la Policía Local. La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) de Madrid prohíbe perturbar la convivencia con ruidos que impidan el descanso. Las sanciones por infringir esta normativa pueden llegar hasta los 3.000 euros.

    Decoración de la Comunidad de Vecinos para Ver el Partido

    Cualquier modificación en la estética de una zona comunitaria debe ser aprobada por la mayoría de los propietarios. El artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que se debe respetar las instalaciones generales y los elementos comunes. Cualquier alteración para actividades puntuales requiere autorización comunitaria.

    Celebraciones en la Calle: Regulación del Ruido

    Las celebraciones en la calle también están sujetas a las ordenanzas municipales. En Madrid, la OPCAT regula el ruido conforme a la Ley 37/2003 del ruido. En horario nocturno (entre las 23:00 y las 7:00 horas en días laborables y entre las 23:00 y las 8:00 horas los días festivos), la emisión máxima de ruido depende del área acústica, con límites entre 40 y 55 decibelios. Superar estos límites puede resultar en sanciones que varían según la gravedad de la infracción.

    No Ensuciar la Calle

    Los aficionados deben cumplir con la normativa vigente en cuanto a la limpieza y gestión de residuos. La Ordenanza 12/2022 de Limpieza de los Espacios Públicos de Madrid prohíbe conductas que ensucien el espacio público. Las sanciones por infringir esta normativa pueden llegar hasta los 1.500 euros.

    El Derecho a No Celebrar y Descansar

    Toda actividad debe respetar los límites de transmisión de ruidos establecidos por la OPCAT. Cualquier persona puede denunciar el incumplimiento de estas normas y presentar la reclamación correspondiente.

    Horarios para Festejar

    En Madrid, el horario nocturno para limitar el ruido es entre las 23:00 y las 7:00 horas en días laborables, y entre las 23:00 y las 8:00 horas los días festivos. Se prohíbe gritar o vociferar, perturbando el descanso de los vecinos.

    Corte de Calles por Celebraciones

    El ayuntamiento puede cortar el tráfico en zonas afectadas por celebraciones oficiales para garantizar la seguridad. La Ley de Seguridad Ciudadana permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad limitar la circulación en caso de alteraciones de la seguridad ciudadana.

    Prohibiciones Durante las Celebraciones

    La Ley de Seguridad Ciudadana prohíbe portar armas, explosivos y sustancias peligrosas en lugares públicos. Además, el consumo de alcohol en la vía pública está regulado por las comunidades autónomas y los ayuntamientos. En Madrid, la Ley 5/2002 prohíbe la venta y consumo de alcohol en la vía pública, salvo en terrazas y días de feria, con multas desde 300 hasta 30.050 euros.

    Respetar estas normativas permitirá disfrutar de las celebraciones sin infringir la ley y garantizando la convivencia.

  • El futuro incierto de los videojuegos en la nube tras el fallecimiento del usuario

    El futuro incierto de los videojuegos en la nube tras el fallecimiento del usuario

    En la era digital, los videojuegos se han transformado significativamente, pasando del formato físico a servicios en la nube que requieren de una cuenta personal para acceder a los títulos adquiridos. Este cambio ha planteado una serie de interrogantes, especialmente en lo que respecta a la herencia de estos bienes digitales cuando el usuario titular fallece. A diferencia de los juegos en formato físico, los juegos en la nube quedan inaccesibles tras la muerte del propietario, ya que las cuentas no se pueden transferir ni heredar.

    ¿Qué es el ‘cloud gaming’?

    El ‘cloud gaming’ o juego en la nube permite a los usuarios jugar a videojuegos a través de servidores remotos, eliminando la necesidad de poseer un disco físico e instalar el juego localmente. Este servicio, ofrecido por compañías como PlayStation, Xbox, Ubisoft, Nintendo, Epic Games y Valve, requiere una conexión a Internet para acceder a los juegos, que se almacenan en las cuentas personales de los usuarios.

    El problema de la herencia digital

    El principal problema surge cuando el propietario de una cuenta en la nube fallece. A diferencia de las cuentas en redes sociales, que pueden convertirse en conmemorativas o ser gestionadas por un contacto legado, las cuentas de videojuegos no tienen un mecanismo similar. Por ejemplo, Valve, la empresa propietaria de Steam, ha dejado claro que las cuentas de Steam y los juegos en ellas contenidos no pueden ser transferidos a otra persona, ni siquiera a través de un testamento.

    Valve establece que las cuentas de Steam son intransferibles y su soporte no puede otorgar acceso a otra persona ni fusionar cuentas. Compartir credenciales también está prohibido, ya que infringe las políticas de confidencialidad de la cuenta.

    Políticas de otras compañías de videojuegos

    Las políticas de otras empresas de videojuegos, como PlayStation, Ubisoft, Xbox y Nintendo, siguen una línea similar a la de Valve. Por ejemplo, PlayStation especifica en sus términos y condiciones que todos los derechos sobre el contenido de PlayStation Plus están reservados por Sony Interactive Entertainment y que los juegos descargados están disponibles solo mientras la suscripción esté activa. Al fallecer el usuario, la suscripción finaliza y con ello, el acceso a los videojuegos.

    Contraste con las redes sociales

    A diferencia de las plataformas de videojuegos, las redes sociales como Instagram y Facebook permiten que los perfiles de usuarios fallecidos se conserven como cuentas conmemorativas. Estas cuentas evitan referencias que puedan entristecer a los familiares y amigos, bloquean el perfil para proteger la privacidad del fallecido y permiten que sus recuerdos sean preservados.

    En el caso de Facebook, existe la opción de seleccionar «contactos de legado» que pueden gestionar el perfil tras la muerte del usuario. WhatsApp, X (antigua Twitter) y Discord, por otro lado, solo permiten eliminar la cuenta del fallecido.

    Un vacío legal y emocional

    La falta de un mecanismo para transferir o heredar cuentas de videojuegos en la nube representa un vacío tanto legal como emocional. Los usuarios que han invertido tiempo y dinero en sus bibliotecas de juegos se enfrentan a la posibilidad de que todo se pierda al fallecer. Esta situación subraya la necesidad de una revisión y actualización de las políticas por parte de las compañías de videojuegos para adaptarse a las realidades digitales y ofrecer soluciones que consideren los derechos de los usuarios y sus herederos.

    Reflexión final

    En un mundo donde cada vez más aspectos de nuestra vida son digitales, la pregunta sobre la herencia de los bienes virtuales se vuelve cada vez más relevante. Las compañías de videojuegos y las autoridades reguladoras deberán trabajar juntas para encontrar soluciones que permitan a los usuarios disponer de sus activos digitales de manera justa y respetuosa con sus deseos, incluso después de su fallecimiento.

  • El certificado laboral: qué es y cuándo se entrega

    El certificado laboral: qué es y cuándo se entrega

    En el mundo laboral, hay documentos esenciales que reflejan la experiencia y trayectoria de los empleados. Uno de ellos es el certificado laboral, también conocido como constancia de trabajo o comprobante de empleo en algunas regiones. Este certificado es fundamental para demostrar la experiencia de un empleado en una empresa y puede solicitarse en cualquier momento de la relación laboral. A continuación, exploramos en detalle qué es el certificado laboral, cuándo se entrega y en qué se diferencia de otros documentos similares.

    Los certificados de trabajo

    Existen varios tipos de certificados que acreditan la experiencia laboral de un empleado. El certificado laboral es uno de los más comunes y es elaborado por el departamento de personal de la empresa donde trabaja el empleado. Este documento detalla la función del empleado en la empresa, su antigüedad y puede incluir referencias a su desempeño y logros. A menudo, se confunde con la carta de recomendación, ya que ambos pueden contener información similar y usarse para fines parecidos, como buscar un nuevo empleo o solicitar un crédito.

    ¿Qué es un certificado de empresa?

    El certificado de empresa, regulado por el Estatuto de los Trabajadores, es diferente del certificado laboral. Este documento es necesario para que un empleado pueda recibir la prestación por desempleo y debe ser entregado obligatoriamente al finalizar o suspender la relación laboral. Puede enviarse al empleado o telemáticamente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

    Cita:

    «Estarán obligados a remitir el certificado de empresa por Internet, en su condición de empleadores, cualquier empresa, organización empresarial o asociación, institución o entidad de derecho público, independientemente de su forma jurídica, (…), que tengan contratados a trabajadores, operen en el territorio nacional y tengan asignado a su CIF o NIF una cuenta de cotización por la Tesorería General de la Seguridad Social, cuando dichos trabajadores finalicen o se suspenda o reduzca su relación laboral, y les comuniquen que van a solicitar las prestaciones por desempleo.” (Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo)

    Otros documentos relacionados

    Certificado de vida laboral

    El certificado de vida laboral es un documento que puede solicitar cualquier ciudadano a la Tesorería de la Seguridad Social. Contiene un registro de todas las contrataciones a lo largo de la vida profesional de una persona, con fechas de inicio y final de cada relación laboral y el nombre de las empresas.

    Certificado de profesionalidad

    Este es expedido por el SEPE y las Comunidades Autónomas para acreditar oficialmente las cualificaciones profesionales necesarias para ejercer una actividad laboral. Se obtiene superando módulos de formación o acreditando experiencia profesional.

    Cómo se redacta un certificado laboral

    Un certificado laboral es similar a una carta de recomendación que un empleador entrega a un empleado por cortesía. Incluye información como la fecha de inicio del trabajo, el puesto ocupado y puede extenderse para detallar logros y habilidades. Aquí algunos elementos esenciales que debe incluir:

    • Identidad y dirección del empleador
    • Identidad del trabajador
    • Fecha de alta en la empresa
    • Puesto del trabajador
    • Fecha y lugar de expedición

    Puede redactarse como una carta formal con un encabezado, un cuerpo principal y una despedida.

    Ejemplo de certificado laboral

    Muy señores míos:

    Dª __________, con DNI/NIF núm. __________, en calidad de empleadora, certifica que:

    D. ___________, con DNI/NIF núm. _________, ha trabajado en esta empresa desde el _________ hasta el _________, efectuando de forma satisfactoria las funciones correspondientes al puesto ____________.

    (Aquí puede incluirse más información sobre la empresa, el puesto y el desempeño del empleado.)

    Datos de la empresa (CIF, razón social, domicilio):

    Datos del trabajador (NIF, Seguridad Social, profesión, fecha de alta, etc.)

    Quedo a su disposición para cualquier información adicional que necesite.

    La empresa _________ firma y sella la presenta certificación a ___________ en _____________.

    (Firma y sello)

    Recordatorio final: qué no puedes olvidar en un certificado laboral

    Al redactar un certificado laboral, asegúrate de incluir:

    • Título del documento
    • Introducción con datos personales del empleado
    • Breve referencia a la empresa
    • Descripción del puesto y desempeño
    • Motivo de la carta
    • Despedida con fórmulas de cortesía
    • Fecha, firma y sello de la empresa

    Verifica que la información sea correcta y objetiva, con un formato limpio y ortografía revisada, redactado en papel con membrete de la empresa.

  • Pedir copias del DNI por parte de las empresas: motivo de sanción

    Pedir copias del DNI por parte de las empresas: motivo de sanción

    Muchas empresas suelen pedir copias del DNI para diversas gestiones, pero, ¿es realmente legal hacerlo? La respuesta es no, salvo en excepciones muy específicas. El Documento Nacional de Identidad contiene información que, en la mayoría de los casos, no es necesaria para las empresas, lo que va en contra de las normativas del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

    ¿Es buena idea pedir copias del DNI desde las empresas?

    No, no lo es. El DNI contiene información que generalmente no es relevante para una empresa, como los nombres de los padres del titular. Pedir una copia del DNI supone una recogida innecesaria de datos, lo que contradice el RGPD. Lo adecuado es verificar los datos sin fotocopiar el documento.

    ¿En qué casos se puede fotocopiar el Documento Nacional de Identidad?

    En determinadas situaciones, pedir el DNI para verificar la identidad es esencial para asegurar la seguridad de una transacción. Los casos más habituales son:

    • Al contratar a un nuevo empleado: Es necesario para confirmar la legalidad de la contratación, cumpliendo con ciertas normativas laborales.
    • Para abrir una cuenta en una entidad financiera: Ayuda a prevenir fraudes o suplantaciones de identidad.
    • Al celebrar contratos o acuerdos comerciales formales: Es vital para la validez del negocio identificar a las partes involucradas.
    • Por obligaciones fiscales y legales: Dependiendo del negocio, puede ser obligatorio conservar los datos identificativos de clientes o proveedores.

    Contra el uso indiscriminado de copias del Documento Nacional de Identidad

    Debido al uso descontrolado de copias del DNI por parte de empresas, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) intervino a través del informe 48/2023. Consultorías de protección de datos han advertido que conocer ciertos datos sensibles aumenta el riesgo de suplantaciones. Además, no siempre se respetan las normas de borrado seguro de datos ni los plazos máximos para su almacenamiento.

    La AEPD sostiene que, aunque el DNI es útil para identificar a las personas, no todos los datos que contiene son necesarios. Por ello, ha emitido instrucciones a sectores como el hotelero para que dejen de pedir copias del DNI a los usuarios, centrándose solo en los datos requeridos por la policía.

    Publicación de actos administrativos y el número de DNI

    La AEPD también indica que, al publicar actos administrativos, no debe aparecer el número completo del DNI de los usuarios. Sin embargo, esto contrasta con las publicaciones del censo durante eventos electorales, accesibles al público y a los partidos políticos, que reciben copias con información sensible. La AEPD aún no ha dado su última palabra al respecto.

    Riesgo de sanción

    Ante el riesgo de sanción, es recomendable que las empresas consulten con una asesoría de protección de datos antes de pedir copias del DNI a trabajadores o clientes. El Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes.

    Además, el Servicio de Verificación y Consulta de Datos, disponible en la Plataforma de Intermediación, permite a las entidades verificar los datos de un ciudadano sin necesidad de que este aporte documentos acreditativos como el DNI.

    En conclusión, las empresas deben ser cautelosas al solicitar copias del DNI y asegurarse de cumplir con las normativas de protección de datos para evitar posibles sanciones.

    Referencias

    1. Real Decreto 522/2006, de 28 de abril
    2. Servicio de Verificación y Consulta de Datos
  • Aumentan las transmisiones de propiedad en España, destacando el incremento de herencias

    Aumentan las transmisiones de propiedad en España, destacando el incremento de herencias

    El mercado inmobiliario en España ha mostrado un notable crecimiento en la transmisión de propiedades desde 2019, con un aumento del 2,26%. Destacan las herencias, que han experimentado un incremento del 12,82% en el mismo periodo, especialmente en comunidades autónomas como Andalucía y Castilla y León.

    Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el número total de transmisiones de derechos de la propiedad pasó de 953.843 en 2019 a 974.843 en 2023. Este crecimiento incluye tanto las compraventas, que subieron de 505.467 a 586.913, como las herencias, que aumentaron de 177.037 a 200.000.

    Incremento de herencias en el mercado inmobiliario

    Abel Marín, abogado y socio del despacho Marín & Mateo Abogados, y autor del libro “Protege tu Herencia”, destaca la importancia de considerar factores socioeconómicos y demográficos al analizar la salud del mercado inmobiliario en España. “El cambio demográfico, incluyendo el envejecimiento de la población española y la tasa de sustitución de la inmigración, está influyendo en el aumento de las transmisiones por herencia”, explica Marín.

    Las herencias han mostrado incrementos notables en varias comunidades autónomas. En Andalucía, por ejemplo, las herencias aumentaron un 22,16%, y en Castilla y León, un 17,88%. Esta tendencia refleja una mezcla de factores socioeconómicos, incluyendo una población envejecida y la prevalencia de segundas residencias en áreas rurales.

    Compraventas en las comunidades autónomas

    Ferran Font, director de Estudios de pisos.com, resalta las comunidades autónomas con mayor número de compraventas en el último año. Andalucía lidera con 189.073 operaciones, seguida de la Comunidad Valenciana con 151.290, Cataluña con 146.284 y Madrid con 123.529.

    “Aunque el mercado muestra signos de recuperación, estamos viendo una estabilización en el número de operaciones debido a unos precios que no terminan de moderarse al ritmo esperado”, comenta Font. “La tendencia para este año sigue siendo similar a la de 2023, sin cambios esperados hasta finales del curso, cuando se prevé una bajada de los tipos de interés”.

    Implicaciones demográficas y familiares

    Marín subraya que “las alteraciones de titularidad en los casos de herencia no siempre se producen en su totalidad en pleno dominio, ya que la mayoría de inmuebles heredados son copropiedades conyugales o entre varios hermanos o parientes”. Además, factores como la edad de la población y las prácticas de herencia varían entre comunidades, lo que se refleja en las tasas de transmisión por herencia.

    Comunidades como Asturias y Castilla-La Mancha muestran incrementos significativos en herencias, sugiriendo una población más envejecida. “La edad media de fallecimiento en los hombres está en 80 años y en las mujeres en 86, con herederos que suelen tener entre 50 y 60 años. Muchos de estos ya tienen resuelta su necesidad de vivienda, pero conservan las heredadas para sus hijos”, añade Marín.

  • La firma electrónica acelera el tratamiento de documentos de tu asesoría jurídica

    La firma electrónica acelera el tratamiento de documentos de tu asesoría jurídica

    La transformación digital está revolucionando todos los sectores, y el jurídico no es una excepción. Para una pyme dedicada al asesoramiento jurídico, gestionar, clasificar y organizar multitud de documentos diariamente es una tarea habitual que requiere eficiencia y precisión. La firma electrónica se presenta como una herramienta clave para agilizar estos procesos, ofreciendo múltiples beneficios. A continuación, te explicamos cómo puede ayudar a tu negocio.

    ¿Qué es la firma electrónica?

    La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que permiten identificar a una persona y validar su firma en un documento de manera digital. Funciona de manera similar a una firma manuscrita tradicional, pero con las ventajas añadidas de la seguridad y la rapidez propias de una herramienta digital. En España, la firma electrónica está regulada por la Ley 59/2003, del 19 de diciembre, que establece que debe identificar a una persona, asegurar la integridad del documento firmado y ser generada por un sistema seguro de creación de firma.

    Para las pequeñas y medianas empresas que operan en el sector legal, la firma electrónica ofrece numerosas ventajas que mejoran la eficiencia y la seguridad en la gestión documental:

    • Rapidez y Eficiencia: Permite obtener la firma del cliente de manera inmediata, sin necesidad de desplazamientos físicos. Los documentos pueden ser firmados en cualquier momento y lugar, lo que acelera significativamente los procesos administrativos.
    • Seguridad y Autenticidad: La firma electrónica garantiza que el documento no ha sido manipulado desde su firma, protegiendo tanto al firmante como al contenido del documento. La integridad del documento queda asegurada, eliminando riesgos de alteraciones fraudulentas.
    • Validez Legal Internacional: Está regulada y aceptada en prácticamente todo el mundo, lo que proporciona una herramienta de confianza y con respaldo legal en diversos países.
    • Sostenibilidad: Al reducir el uso de papel, contribuye al cuidado del medio ambiente. La digitalización de documentos minimiza el impacto ecológico, promoviendo prácticas sostenibles dentro de la empresa.

    Herramientas para firmar digitalmente documentos

    Existen varias herramientas disponibles para implementar la firma electrónica en tu pyme, cada una con características y beneficios distintos. Aquí te presentamos algunas de las más utilizadas:

    • AutoFirma: Desarrollada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública, esta aplicación permite enviar documentos a los clientes para que los firmen de manera segura y con el formato adecuado.
    • VALIDe: Esta herramienta, ofrecida por la Administración General del Estado, genera, visualiza y valida firmas electrónicas en múltiples formatos. Es útil tanto para instituciones como para empresas y ciudadanos.
    • Dropbox Sign (anteriormente HelloSign): Esta aplicación facilita la carga de documentos, la indicación de los lugares de firma y el envío a los clientes. Ofrece planes gratuitos y de pago, adaptándose a diferentes necesidades.
    • DocuSign: Otras de las plataformas más utilizadas de firma electrónica con múltiples propuesta gratis y de pago.
    • Signaturit: De origen español, esta herramienta agiliza la gestión y firma de documentos, manteniendo las garantías legales y jurídicas necesarias. Dispone de una prueba gratuita y varios planes de precios.
    • Google Workpace: También está implementado una solución de firma electrónica que se integra con el editor de documentos y que está disponible sin coste adicional para sus usuarios.

    Implementación y Beneficios Continuos

    Adoptar la firma electrónica en tu asesoría jurídica no solo mejora la eficiencia operativa, sino que también incrementa la satisfacción del cliente al ofrecer procesos más rápidos y seguros. Además, permite una mejor organización y acceso a la documentación, simplificando la gestión de archivos y reduciendo el tiempo invertido en tareas administrativas.

    Para maximizar los beneficios, es esencial evaluar las necesidades específicas de tu empresa y tus clientes, seleccionando las herramientas que mejor se adapten a tu contexto. La implementación de la firma electrónica puede transformar la manera en que operas, brindándote una ventaja competitiva en un mercado cada vez más digitalizado.

    La firma electrónica no solo representa un avance tecnológico, sino también una oportunidad para optimizar procesos, mejorar la seguridad y contribuir a la sostenibilidad. Si deseas profundizar en este tema, te invitamos a explorar nuestro monográfico ‘La firma electrónica para la mejora de tus procesos’, donde encontrarás información detallada y casos prácticos para implementar esta herramienta en tu asesoría jurídica.

  • ¿Cómo prohibir los pisos turísticos en una comunidad de propietarios?

    ¿Cómo prohibir los pisos turísticos en una comunidad de propietarios?

    En los últimos años, el auge de los pisos turísticos ha suscitado un debate considerable entre propietarios e inquilinos. Mientras que para algunos representan una oportunidad económica, otros los perciben como una fuente de conflictos y molestias. Por esta razón, muchas comunidades de propietarios buscan restringir o prohibir su uso. Aquí explicamos los pasos para implementar esta restricción dentro de una comunidad.

    Entender la Situación Legal

    Cada comunidad autónoma en España tiene regulaciones específicas en cuanto a los pisos turísticos. Por ello, es fundamental revisar la normativa local para comprender qué reglas se aplican a tu caso. Algunas ciudades, como Barcelona o Madrid, han implementado normativas estrictas para controlar el crecimiento de estos alquileres de corta estancia.

    Convocar una Junta de Propietarios

    Para que una comunidad tome decisiones respecto a los pisos turísticos, es necesario convocar una junta de propietarios. En esta reunión, el administrador o presidente presentará el problema y la posible solución, que podría incluir la prohibición total o la imposición de condiciones restrictivas.

    Votación y Mayoría Requerida

    La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que, para cambiar el uso de los inmuebles en una comunidad, se necesita una mayoría cualificada de 3/5 de los votos de los propietarios y cuotas. Esta mayoría será necesaria para prohibir o restringir el uso de los pisos como alojamiento turístico.

    Registro de los Cambios en el Título Constitutivo

    Si la junta de propietarios aprueba la prohibición o restricción, es necesario reflejar los cambios en el título constitutivo de la propiedad o en los estatutos de la comunidad. Para ello, la modificación debe registrarse en el Registro de la Propiedad. Este paso es fundamental para que los cambios tengan validez legal.

    Comunicación de la Nueva Normativa

    Es importante comunicar a todos los propietarios y vecinos la nueva normativa, incluyendo aquellos que no participaron en la votación. Los propietarios que deseen iniciar un alquiler turístico deben conocer las nuevas restricciones para evitar posibles sanciones.

    Supervisión y Aplicación de Sanciones

    Una vez que la prohibición esté en vigor, la comunidad de propietarios debe supervisar su cumplimiento. Los vecinos tienen el derecho de denunciar el incumplimiento de las normas establecidas, lo que podría llevar a la imposición de sanciones.

    Prohibir los pisos turísticos en una comunidad de propietarios es un proceso que requiere un conocimiento claro de las leyes locales, la aprobación mayoritaria en la junta y un seguimiento riguroso. Si bien puede ser un procedimiento laborioso, es una solución viable para mantener la convivencia pacífica y proteger los intereses de los residentes.

  • El impacto de un ave en una aeronave no es causa de fuerza mayor y debe ser indemnizable

    El impacto de un ave en una aeronave no es causa de fuerza mayor y debe ser indemnizable

    El juzgado de 1ª Instancia número 1 de Barakaldo (Vizcaya) ha sentenciado que el impacto de un ave contra una aeronave que impida realizar el viaje a tiempo es indemnizable a favor del pasajero. Así, la sentencia, con fecha 29 de enero, resuelve un caso de un cliente de reclamador.es, donde un vuelo comprendido entre Santander (Cantabria) y Manchester (Inglaterra) se retrasó más de 3 horas como consecuencia del impacto de un ave en el trayecto anterior del mismo avión, el cual hacía el viaje en sentido contrario.

    Ahora, la justicia aclara que la aerolínea debe contar con estas situaciones y prever otras aeronaves o contar con ingenieros que resuelvan el problema en corto espacio de tiempo, explica la compañía online de servicios legales.

    Además, se indemnizará al afectado con 250 euros en concepto de derecho a compensación ante el retraso del vuelo.

    Riesgo intrínseco de la actividad

    El magistrado expone que, si bien es claro el impacto del ave en la aeronave, también es clara la doctrina de los jueces europeos en este sentido al entender que el impacto de un ave en un avión ha de considerarse un riesgo intrínseco de la actividad y, por lo tanto, un supuesto de caso fortuito, y no de fuerza mayor.

    La cuestión en este caso, aclara reclamador.es, era ver si ese impacto de ave quedaba subsumido en el artículo 5.3 del Reglamento 261/2004 o no. Ese artículo exonera de indemnizar con una compensación a un transportista aéreo que efectúa un vuelo por ocurrir una circunstancia extraordinaria que no podía haberse evitado incluso si se hubiesen tomado todas las medidas razonables.

    Reproche a la aerolínea por no ofrecer comida y bebida

    Además, la sentencia reprocha a la compañía aérea por no ofrecer gratuitamente a los pasajeros durante la espera comida y refrescos suficientes, así como llamadas y mensajes.

    Cabe recordar, señala reclamador.es, que el Reglamento 261/2004 en su artículo 9 establece esas obligaciones y la aerolínea únicamente ofreció al pasajero afectado un cupón de 4 euros para bebida, algo que queda lejos de una “asistencia adecuada”.

    Por su parte, Jorge Ramos, abogado de reclamador.es que ha defendido al pasajero y ha llevado este caso, concluye que “las aerolíneas siempre suelen indicar a los pasajeros afectados que situaciones como la de un impacto de ave no son indemnizables, por lo que es realmente importante que estos pasajeros se pongan en manos de abogados especialistas como reclamador.es y así puedan obtener una indemnización”.

    Ramos añade que “la doctrina del TJUE es clara al establecer que el impacto de un ave es una circunstancia intrínseca a la actividad de la compañía aérea y debe ser indemnizable, pues los accidentes ocasionados por pájaros son muy frecuentes en la navegación aérea y constituyen un riesgo intrínseco a la actividad, y es positivo que los diferentes juzgados españoles asuman dicha doctrina”.

    Nota de prensa de reclamador.es

  • Incendio en Valencia: ¿Quién se hace cargo y cómo reclamar los daños ocasionados?

    Incendio en Valencia: ¿Quién se hace cargo y cómo reclamar los daños ocasionados?

    Un incendio consumió ayer en pocas horas un total de 138 viviendas albergadas en dos bloques unidos de 14 y 10 plantas, en el barrio de Campanar (Valencia).

    A raíz de este suceso, Legálitas analiza cómo pueden reclamar los afectados, si el seguro del hogar cubre los daños provocados o si es posible reclamar al estudio de arquitectura por los materiales usados en la construcción de la fachada.

    ¿A quién y cómo pueden reclamar los afectados del incendio?

    Los perjudicados con daños materiales y/o personales tendrán legitimación para reclamar la correspondiente indemnización de conformidad con el artículo 1902 y siguientes del Código Civil.

    Por otro lado, las compañías de seguros con las que los afectados tienen una póliza de hogar deberán asumir los daños materiales sufridos (según se incluya continente, contenido o ambas) y, en su caso, el alojamiento provisional, coste de los bomberos, traslado de mobiliario y reconstrucción de la vivienda (en caso de destrucción total).

    Legálitas expone que en el caso particular de la Comunidad Valenciana es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros. Además, la comunidad de propietarios deberá suscribir estos seguros para los elementos comunes de todo el inmueble.

    Al margen de las coberturas de daños en las referidas pólizas y en caso de poder determinar un responsable de los daños, el perjudicado tendría acción directa frente a la eventual compañía de seguros que pudiera garantizar la Responsabilidad Civil del mismo y, por lo tanto, esa entidad aseguradora deberá asumir dentro de los límites fijados en póliza.

    Por otro lado, aquellas compañías con las que se tenga concertado un seguro de vida o accidentes también deberán asumir el pago de los capitales que figuren en póliza, bien a beneficiario o bien asegurado.

    ¿Se tiene derecho a una compensación económica?

    Legálitas especifica que se tiene derecho a compensación económica siempre en calidad de perjudicado y obviamente en la condición de asegurado en el ámbito de contrato del seguro.

    ¿El seguro del hogar cubre los daños provocados?

    El seguro de hogar cuando incluye la cobertura de incendios obliga, dentro de los límites establecidos en la ley y en el contrato, a indemnizar los daños producidos por incendio en el objeto asegurado, y así la cobertura del seguro se extenderá a los objetos descritos en la póliza.

    El seguro de incendios no cubre, salvo que se encuentre expresamente recogido, el incendio “en los valores mobiliarios públicos o privados, efectos de comercio, billetes de Banco, piedras y metales preciosos, objetos artísticos o cualesquiera otros objetos de valor”. Es decir, esos objetos tienen que constar y contratarse expresamente.

    Legálitas recuerda que tampoco cubre si el fuego ha sido provocado dolosamente por el asegurado.

    ¿Qué cubre y que no el seguro por el incendio en el edificio?

    El Seguro de la Comunidad cubre los daños materiales en el continente, lo que forme parte de su estructura, el contenido comunitario (dentro de unos límites fijados) y los desperfectos causados a locales comerciales.

    El mobiliario y los objetos personales de cada vivienda rige en base al seguro de hogar de cada vecino. También y de forma adicional los gastos de extinción de incendio o la inhabitabilidad temporal de viviendas y locales por el siniestro.

    En el supuesto de causar daños a propiedades colindantes se asume por Responsabilidad Civil.

    ¿Y si no se cuenta con una póliza de seguros?

    En este caso únicamente se podrá acudir a la póliza comunitaria (no se daría en ningún caso concurrencia entre el seguro de hogar y el seguro de la Comunidad de Propietarios) en lo que se refiere al continente. Para el contenido (bienes muebles, enseres, etc.) se deberá reclamar al causante.

    ¿Si se tiene una hipoteca la tengo que seguir pagando?

    La desaparición del inmueble no implica la eliminación del préstamo y, en este caso, se acudirá a la solución que nos ofrezca un seguro. En los artículos 40 y siguientes de la Ley de Contrato de Seguro se regula el derecho de los acreedores hipotecarios. Si hay hipoteca, Legálitas señala que el banco tiene un derecho especial como acreedor preferente ante el asegurador.

    En definitiva y, en defecto de lo que la propia escritura de préstamo pudiera regular ante esta situación, la compañía de seguros liquidaría al asegurado para destinarlo a reconstrucción en caso de que la entidad bancaria no se oponga. En caso de conflicto entre banco y deudor. la compañía lo consignaría en el juzgado.

    ¿Es posible reclamar al estudio de arquitectura por los materiales usados?

    Al arquitecto se le considera como un agente de la edificación en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y, por lo tanto, su actividad está entroncada en el proceso constructivo y también sometido a las responsabilidades y garantías que le corresponden de acuerdo con esa norma.

    Así la responsabilidad decenal que le puede corresponder al arquitecto de conformidad con el artículo 17.1. a) de la Ley de Ordenación de la Edificación es que al proyecto arquitectónico se le puede imputar directa o indirectamente ser la causa en todo o en parte de “los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio”. 

    Por lo tanto, Legálitas detalla que si se acredita que el proyecto arquitectónico se elaboró de conformidad con las especificaciones técnicas y/o urbanísticas correspondientes la responsabilidad por el incendio habrá de buscarse en otro de los agentes de la edificación.

    No obstante, a este respecto, el artículo 17 de la Ley de Ordenación de la Edificación establece la correspondiente salvedad para todos los agentes de la edificación cuando en el apartado 8 dispone que, si se prueba que los daños “fueron ocasionados por caso fortuito, fuerza mayor, acto de tercero o por el propio perjudicado por el daño”, no se les podrá exigir responsabilidad por daños.

    Nota de Legalitas