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Molestar a los vecinos durante las celebraciones de los goles podría acarrear sanciones de hasta 3.000 euros según la normativa de ruidos.
La selección española de fútbol disputará este domingo a las 21:00 horas en Alemania la final de la Eurocopa. Este evento, en caso de victoria, desatará celebraciones tanto en espacios públicos como privados. Sin embargo, ¿existen normativas que regulen estas celebraciones y sus excesos? Es fundamental conocer dónde se sitúa la línea entre el derecho a celebrar y el derecho a no ser molestado.
Celebraciones en el Interior del Domicilio o en Zonas Comunes de la Comunidad de Vecinos
Legálitas explica que, según el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, está prohibido realizar actividades que contravengan las disposiciones sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas. Además, el artículo 9.1 establece la obligación de respetar las instalaciones generales de la comunidad y los elementos comunes, evitando causar daños o desperfectos.
Si un propietario o inquilino realiza actividades molestas, el presidente de la comunidad puede advertirle para que cese, y si la conducta persiste, llamar a la Policía Local. La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) de Madrid prohíbe perturbar la convivencia con ruidos que impidan el descanso. Las sanciones por infringir esta normativa pueden llegar hasta los 3.000 euros.
Decoración de la Comunidad de Vecinos para Ver el Partido
Cualquier modificación en la estética de una zona comunitaria debe ser aprobada por la mayoría de los propietarios. El artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que se debe respetar las instalaciones generales y los elementos comunes. Cualquier alteración para actividades puntuales requiere autorización comunitaria.
Celebraciones en la Calle: Regulación del Ruido
Las celebraciones en la calle también están sujetas a las ordenanzas municipales. En Madrid, la OPCAT regula el ruido conforme a la Ley 37/2003 del ruido. En horario nocturno (entre las 23:00 y las 7:00 horas en días laborables y entre las 23:00 y las 8:00 horas los días festivos), la emisión máxima de ruido depende del área acústica, con límites entre 40 y 55 decibelios. Superar estos límites puede resultar en sanciones que varían según la gravedad de la infracción.
No Ensuciar la Calle
Los aficionados deben cumplir con la normativa vigente en cuanto a la limpieza y gestión de residuos. La Ordenanza 12/2022 de Limpieza de los Espacios Públicos de Madrid prohíbe conductas que ensucien el espacio público. Las sanciones por infringir esta normativa pueden llegar hasta los 1.500 euros.
El Derecho a No Celebrar y Descansar
Toda actividad debe respetar los límites de transmisión de ruidos establecidos por la OPCAT. Cualquier persona puede denunciar el incumplimiento de estas normas y presentar la reclamación correspondiente.
Horarios para Festejar
En Madrid, el horario nocturno para limitar el ruido es entre las 23:00 y las 7:00 horas en días laborables, y entre las 23:00 y las 8:00 horas los días festivos. Se prohíbe gritar o vociferar, perturbando el descanso de los vecinos.
Corte de Calles por Celebraciones
El ayuntamiento puede cortar el tráfico en zonas afectadas por celebraciones oficiales para garantizar la seguridad. La Ley de Seguridad Ciudadana permite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad limitar la circulación en caso de alteraciones de la seguridad ciudadana.
Prohibiciones Durante las Celebraciones
La Ley de Seguridad Ciudadana prohíbe portar armas, explosivos y sustancias peligrosas en lugares públicos. Además, el consumo de alcohol en la vía pública está regulado por las comunidades autónomas y los ayuntamientos. En Madrid, la Ley 5/2002 prohíbe la venta y consumo de alcohol en la vía pública, salvo en terrazas y días de feria, con multas desde 300 hasta 30.050 euros.
Respetar estas normativas permitirá disfrutar de las celebraciones sin infringir la ley y garantizando la convivencia.