Secretos empresariales y cómo protegerlos

¿Qué se considera secreto empresarial?

Regulado en la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales, en su artículo primero considera secreto empresarial a cualquier información o conocimiento, incluido el tecnológico, científico, industrial, comercial, organizativo o financiero, que reúna las siguientes condiciones:

  • Ser secreto, en el sentido de que, en su conjunto o en la configuración y reunión precisas de sus componentes, no es generalmente conocido por las personas pertenecientes a los círculos en que normalmente se utilice el tipo de información o conocimiento en cuestión, ni fácilmente accesible para ellas;
  • Tener un valor empresarial, ya sea real o potencial, precisamente por ser secreto, y
  • Haber sido objeto de medidas razonables por parte de su titular para mantenerlo en secreto.

Debemos destacar que la LSE, en el mismo artículo, apartado tercero, recoge un listado de información o conocimientos que están excluidos de la protección de secreto empresarial, como la experiencia y competencias adquiridas honestamente por los trabajadores durante el transcurso de su carrera profesional, por lo que los empresarios no podrán utilizar la normativa para justificar una limitación al uso de estas competencias por parte de los trabajadores.

¿Qué impacto tiene esta modalidad de protección en el ámbito laboral?

En los artículos segundo y tercero de la LSE se establecen los distintos mecanismos de obtención, utilización y revelación licita e ilícita de secretos empresariales.

No obstante, encontramos dos excepciones a la divulgación ilícita de secretos:

  • La protección del derecho a la representación y a la negociación colectiva por cuanto la LSE determina lícita la obtención de un secreto empresarial por los trabajadores y sus representantes, mediante el ejercicio de los derechos de información y consulta.
  • La protección de la evolución profesional de los trabajadores impidiendo que, con el fin de preservar un secreto profesional, las empresas puedan poner barreras a la movilidad de sus empleados. De este modo, la norma permite que los trabajadores puedan hacer uso de los conocimientos obtenidos durante la relación laboral, siempre que esos consistan en “experiencia y competencias adquiridas honestamente durante el normal transcurso de su carrera profesional”.

¿Qué medidas son necesarias para proteger los secretos empresariales?

Teniendo en cuenta lo anterior, es conveniente tomar medidas con los empleados en relación con el deber de confidencialidad, ya que éstos, así como sus colaboradores pueden tener acceso a información sensible y/o confidencial.

Por lo tanto, las empresas deberán tomar las herramientas necesarias con el fin de evitar la fuga o revelación de información que consideren confidencial o sensible. Entre estas medidas encontramos: la necesidad de incluir cláusulas de confidencialidad en los contratos de los trabajadores, así como acuerdos de confidencialidad con sus colaboradores, contando todos ellos con un adecuado nivel de seguridad, estableciendo restricciones de acceso del personal a áreas restringidas donde pueda haber documentos confidenciales, etc. 

Asimismo, en el caso de que la empresa sufriera una fuga de información sensible o confidencial, ésta debe tener elaborado un protocolo de acción con el fin de reducir o limitar las consecuencias negativas que pueda sufrir la empresa.

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